jueves, 26 de diciembre de 2013

Sanción a Google

Muy recientemente, tras un largo proceso coordinado con las Autoridades de Protección de Datos de Alemania, Francia, Holanda, Italia y Reino Unido, la Agencia Española de Protección de Datos declara ilegales los tratamientos de datos personales realizados por Google con su nueva política de privacidad. (Ver nota de prensa). Los medios se han hecho eco de tal condena Elmundo, ElPais, ABC, Elconfidencial.

La AEPD ha constatado que:

- Google no da a los usuarios información suficiente sobre qué datos recoge y para qué fines los utiliza, ya que se considera que Google utiliza una terminología imprecisa, con expresiones genéricas y poco claras. "Google emplea términos como podremos, podrá, podrán o es posible. Todo ello, sumado a otras expresiones sumamente ambiguas como mejorar la experiencia del usuario, da lugar a una política de privacidad indeterminada y poco clara", asegura la AEPD.

- combina la información personal recopilada a través de casi un centenar de servicios y productos que conserva durante un tiempo indefinido "sin proporcionar en muchos casos una información adecuada sobre qué datos se recogen, para qué fines se utilizan y sin obtener un consentimiento válido de sus titulares".

 - y obstaculiza el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

La combinación de los datos que recoge por medio de diferentes servicios excede ampliamente de las expectativas razonables de la mayoría de los usuarios, que no son conscientes de ello y pierden el control de su propia información personal.

La Agencia declara la existencia de tres infracciones de la LOPD e impone a Google una sanción de 300.000 euros por cada una, requiriéndole para que cumpla con la ley sin dilación.

jueves, 19 de diciembre de 2013

Sanción por inclusión indebida de un presunto moroso en ASNEF

Seguro que conocemos a personas de nuestro entorno que se las han tenido tiesas con el famoso ASNEF. Aunque realmente no es un problema de este registro de morosos sino de la entidad que comunica tal deuda. Pues bien hace poco la AEPD ha sancionado a una entidad por no aplicar el rigor debido.

Un particular denunció la inclusión de sus datos de carácter personal en el fichero de solvencia patrimonial y crédito ASNEF sin requerimiento previo de pago por parte de una entidad financiera, que la vamos a denominar CREDIFIMO.

CREDIFIMO reconoce en su escrito que los datos del denunciante fueron incluidos en ASNEF sin que se hubiera practicado previo requerimiento de pago y, por tanto, sin advertencia de la posibilidad de inclusión en caso de impago en tal fichero. En este sentido, manifiesta que una vez detectó la incidencia, CREDIFIMO se dirigió a ASNEF para solicitar la cancelación de los datos del denunciante en dicho fichero, lo que se produjo de manera efectiva al día siguiente. Por consiguiente, CREDIFIMO se reconoce responsable de la comisión del hecho descrito, y, consecuentemente, culpable de la infracción.

Al reconocerse culpable de la infracción, junto con la rapidez para enmendar el error, solicitaba dicha entidad a la AEPD la aplicación de lo establecido en el artículo 45 de la LOPD, sobre graduación de sanciones, y, pretendía que se dejara sin efecto la incoación del procedimiento sancionador.

La Resolución sancionadora afirma que de lo expuesto en el procedimiento se deduce que CREDIFIMO no se ha limitado a transmitir la información al responsable del fichero común sobre solvencia patrimonial, sino que ha tratado automatizadamente los datos de solvencia en sus propios ficheros, los ha comunicado a través de tratamientos automatizados al fichero común, y, particularmente, ha decidido sobre la finalidad del tratamiento (la calificación en sus ficheros como deudor), el contenido de la información (una supuesta deuda), y el uso del tratamiento (la incorporación a un fichero común de información sobre solvencia patrimonial y crédito, al que pueden acceder terceras entidades para realizar una evaluación o perfil económico de las personas incorporadas al mismo). Todo ello, sin que los datos mantenidos en el fichero de CREDIFIMO respondiera a la situación actual del denunciante.

Para la AEPD las empresas que por su actividad están habituadas al tratamiento de datos personales deben ser especialmente diligentes y cuidadosas al realizar operaciones con ellos y la inclusión como moroso del denunciante en ASNEF, en consecuencia, debería de haberse realizado con todo rigor por la entidad imputada para salvaguardar la veracidad de la información a transmitir a los ficheros de solvencia económica que la Ley Orgánica y su Reglamento exigen.

Por lo tanto, la AEPD resuelve que CREDIFIMO incurre en una infracción del principio de la calidad de dato, básico del derecho fundamental a la protección de datos, y tras apreciar la existencia de motivos para reducir la posible sanción económica, se le IMPONE a la entidad CREDIFIMO una multa de 20.000 € (veinte mil euros).

jueves, 12 de diciembre de 2013

Dropshipping 2ª parte

Continúa el post anterior donde nos preguntábamos por dónde empezar. ¿Qué es el dropshipping? Se trata de un sistema de gestión logístico mediante el cual puedes ofrecer productos y servicios a través de tu web o plataforma de comercio electrónico, mientras que es el propio proveedor de los mismos el que se encarga del envío y la gestión. Este proveedor es, normalmente, un mayorista o importador local que hace de intermediario y operador logístico y que permite tener acceso a fabricantes internacionales, en su mayoría de mercados emergentes como China o India.

Lo primero es buscar nichos de mercado, oportunidades de negocio; productos que se demandan por Internet, desde una bombilla a un piano. Y segundo, buscar el proveedor de ese producto en cuestión. Si tecleas en Google dropshippers aparecerán numerosas webs pero ¡cuidado! porque muchos de ellos son estafas o simplemente otros intermediarios como tú.

Los emprendedores que trabajan el DropShipping de forma profesional, buscan y contactan con Dropshippers que están suscritos a directorios especializados, donde los usuarios votan positivamente a los mejores y negativamente a los que les han causado problemas. Los directorios más recomendados y reconocidos son: World Wide Brands y Sale Hoo. De esta forma, aseguras que tu negocio de DropShipping tenga una imagen profesional y una buena atención al cliente, con la tranquilidad de tener detrás un respaldo serio para responder adecuadamente a las necesidades de tus clientes. Esta elección es clave para la buena marcha de tu negocio.

Puede ocurrir, bastante habitual, que tu proveedor sea extranjero. En este caso me permito darte un consejo: estúdiate bien la normativa aduanera no vaya a ser que te encuentres con problemas a la hora de importar el producto y tengas que pagar una tasa adicional para que pase la aduana.

En síntesis, las ventajas de este tipo de negocios son:
  • Te dedicas fundamentalmente a vender, por lo que destinarás tu dinero a realizar acciones de marketing y promoción. 
  • Riesgo económico mínimo, al no realizar una inversión inicial en productos, local, almacenaje, distribución y reparto.
  • Dispones de un catálogo de productos amplio y actualizado en todo momento, ya que el proveedor suele poner a nuestra disposición un sistema que automatiza la actualización de nuestro catálogo.
Y los inconvenientes:
  • No es fácil elegir el catálogo de productos de forma completamente personalizada, ya que es el propio mayorista el que decide y negocia con el fabricante por lo que estás en sus manos.
  • No controlas totalmente los procesos de venta, dejándolos en manos de tu dropshipper.
  • Tú eres el responsable final y el que da la cara frente al cliente, ya que los envíos realizados son bajo el nombre de tu negocio. Por ello, será a tí a quien exijan responsabilidades ante cualquier posible incidencia.
Si crees que lo tuyo es el dropshipping, te recomiendo este blog y no dejes de leer los comentarios realizados al post que te remito http://bordes.org/1250/5-mentiras-del-dropshipping/ 

Suerte y ánimo.



jueves, 5 de diciembre de 2013

El dropshipping

Nos venden la moto de que todos tenemos que emprender y crear nuestra propia empresa. Algo de verdad hay pero no es fácil ni barato. No sé porqué parece que la mayoría de los nuevos emprendedores que se han quedado sin trabajo en los últimos tiempos decide abrir una abacería. Ojalá todas duren más de un año pero tal como está el consumo...

Pero ¿es necesario tener un local, unas existencias iniciales y una red de distribución para montar un negocio? No voy a hablar de las tiendas online que supongo que todos conoceremos casos pero sí de una nueva modalidad de comercio electrónico: el dropshipping.

Esto está sacado de una web

Te ofrecemos:
  • Tienda operativa en 1 hora
  • Más de 20 mayoristas en Dropshipping (y creciendo...)
  • Más de 25 diseños a escoger totalmente gratuitos
  • Infinidad de Servicios que puedes contratar
  • Integración con TPV Virtual (Sermepa, Ceca, 3DSecure, etc.)
  • Tu negocio a tu aire, tu decides que publicar
  • Campañas de publicidad y marketing
  • Actualizaciones gratuitas constantes del software
  • Una comunidad y equipo a tu servicio, Y EN TU IDIOMA
desde 55 euros al mes.

Te ofrecen que te olvides de buscar un local y pagar los gastos de funcionamiento, buscar proveedores, hacer una fuerte inversión inicial en existencias. Olvídate de todo eso, sólo tienes que tener un sitio web y elegir proveedores y A VENDER. Suena bien ¿no?

Este modelo de negocio se está disparando como consecuencia de la crisis y muchos emprendedores acuden a él por lo fácil que es empezar y por el coste mínimo que tiene. Realmente hablamos del coste de tu tiempo para buscar y seleccionar proveedores y de abrir varias tiendas online específicas por producto o por segmentos de consumidores. Una vez abiertas las tiendas online, tu misión es gestionar los pedidos y conseguir que tus webs tengan tráfico, que sean muy visitadas por personas dispuestas a comprar por Internet.

¿Por dónde empezar? ¿Quién entrega los productos que vendo en mi web? ¿Qué ventajas e inconvenientes presenta este modelo de negocio? Lo veremos en un siguiente post.