Me sale negativa, ¿cuándo me devuelve Hacienda? Pues depende
de varios factores:
Primero, la cuantía. Tradicionalmente existe una frontera
que está en los 3.000 euros, la cantidad maldita que si se alcanza determina
una ralentización de la devolución, pero esto es siempre relativo. Posiblemente
ahora se haya rebajado hasta unos 2.500 euros.
Segundo, la naturaleza de las rentas. Las procedentes del
trabajo suelen ser garantía de una devolución rápida, porque los gastos están
tasados y apenas requieren comprobación; igualmente, las que proceden del
Capital (por ejemplo un depósito a plazo fijo) no preocupan a Hacienda, ya que
la mayoría han tributado mediante una retención. En cambio, las procedentes
de actividades económicas (los autónomos) poseen un amplísimo abanico de
posibles gastos deducibles que Hacienda no controla y que el contribuyente
declara sin justificar, a menos que la administración lo solicite. Aquí hay
opiniones para todos los gustos, pero en general, dependiendo del nivel de
ingresos para actividades que no están obligadas a una contabilidad oficial no
suele haber problemas con un porcentaje de gastos que oscila entre el 15% y el
30%. Obviamente las actividades puramente empresariales tendrán niveles muy
superiores de gastos.
Tercero, lo que Hacienda llama “incidencias”, en román
paladino, las meteduras de pata a la hora de hacer la declaración, consignando
datos informativos que contradicen los que posee Hacienda. Hay dos clases de
errores: leves y graves, según su trascendencia económica. Antes, una
metedura leve se pasaba por alto (por ejemplo, los apellidos de un hijo), y
normalmente se paralizaba la devolución con dos incidencias de este tipo.
Ahora, cualquier dato equivocado nos aboca a la más costosa espera, por eso es
importantísimo aportar al asesor
correctamente todos los datos con trascendencia tributaria y corregir si los
que tiene Hacienda están equivocados.
Cuarto, los antecedentes. Aunque no se reconozca, si a un
contribuyente le han devuelto con celeridad en años anteriores, no hay razón
para temer que, a igualdad de datos, no vaya a suceder lo mismo en este
ejercicio.
Mención aparte para la deducción por vivienda habitual, la
figura estrella durante años de la declaración y ahora –por desgracia- de las
terribles comprobaciones del impuesto. Pero de eso –y de los procedimientos que
utiliza Hacienda para comprobar los datos, cercanos a la, dicho sea a los
estrictos efectos de defensa, extorsión,
así como de los medios con que cuenta, y de la forma de cálculo de las
plusvalías- hablaremos otro día.
Para cualquier duda o asesoramiento para realizar la declaración de la Renta de esta año, siempre podéis contar con nosotros.